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jueves, 31 de octubre de 2013

Equipos de protección individual frente a las caídas de altura. Sistemas anticaídas

Si se tienen en cuenta los datos facilitados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la construcción es el sector que cuenta con un mayor índice de incidencia: 7.735,3 accidentes por cada 100.000 trabajadores, frente al valor medio de sectores que es 3.515,2.


Si se tienen en cuenta los datos facilitados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la construcción es el sector que cuenta con un mayor índice de incidencia: 7.735,3 accidentes por cada 100.000 trabajadores, frente al valor medio de sectores que es 3.515,2. Estos valores son debidos a múltiples factores, entre los que destaca, especialmente, las características de las obras de construcción (centros de trabajo temporales, concurrencia de distintas empresas, así como la diversidad de las propias obras), que traen como consecuencia que la adopción de medidas preventivas sea una tarea muy compleja.
Además, se puede comprobar cómo, año tras año, las cifras sobre los accidentes de trabajo asociados al mencionado sector de la construcción que se califican como graves, muy graves o mortales que se producen por una caída de altura, se repiten de forma alarmante. De hecho, durante el año 2011 se registraron 360 accidentes con esta calificación, originados por las referidas caídas desde altura, lo que supone el 35 % del total.
Los principios de la acción preventiva especificados en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establecen, por un lado, que se deben combatir los riesgos en su origen, y por otro, que es necesario “adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual”. Asimismo, el artículo 17 de la referida ley dice que “los equipos de protección individual (EPI) deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo”.
En este contexto, se da la circunstancia de que, en numerosas ocasiones, se hace necesaria la utilización de estos EPI para la protección de los trabajadores. No obstante, si con carácter general la elección de los distintos materiales, máquinas y herramientas está supeditada al desarrollo del proceso constructivo tendrá que adaptarse a éste, no siempre ocurre lo mismo en la elección de los sistemas anticaídas para realizar los trabajos en altura. Con el fin de determinar si lo anteriormente indicado es así, es necesario tener en cuenta varias cuestiones: ¿conocen los empresarios, los técnicos y los trabajadores los diferentes sistemas anticaídas que existen en el mercado?; ¿la instalación y utilización de dichos sistemas se lleva a cabo de forma correcta? La resolución de estas preguntas es primordial para conocer las situaciones que concurren en el ámbito de la utilización de estos equipos de protección individual.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, la Fundación Laboral de la Construcción desarrolló, durante el año 2012, con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, el proyecto denominado “Guía práctica para la elección de equipos de protección individual y sistemas de anclaje para el trabajo en altura en construcción” que tiene como fin primordial poner a disposición del sector información relevante relativa a la elección, utilización y mantenimiento de los sistemas anticaídas para prevenir el riesgo más significativo asociado al sector de la construcción, como es la caída de altura.
Algunos conceptos
Es habitual que cuando se trata de trabajos en altura sólo se tengan en cuenta aspectos, tales como si la plataforma de trabajo está situada a más de dos metros del suelo o si existe o no algún punto donde sujetar el arnés anticaídas. Pero, más allá de estas cuestiones, existen una serie de conceptos de gran importancia que es necesario tener presente para asegurar que los trabajos se ejecutan en unas condiciones correctas de seguridad y salud. Algunos de estos conceptos son los siguientes:
-Caída libre: cuando un trabajador se encuentra en una situación con riesgo de caída y está provisto de un sistema de seguridad que la detendría en el caso de producirse, se dice que está en situación de “caída libre”.
-Factor de caída: se trata de un número ‘adimensional’ que se calcula dividiendo la distancia de caída entre la longitud de cuerda que está destinada a parar la misma. Este valor determina el impacto que recibe un trabajador al caer (fuerza de choque) que será, más o menos grave, en función de la altura de la caída, de la masa del usuario y de la cantidad de cuerda que interviene en su parada. El valor del factor de caída varía desde cero hasta cualquier otro, aunque lo habitual es que no sea mayor de 2.
-Diferencia entre sujeción y retención: la finalidad de un equipo de protección individual que se usa durante la realización de trabajos en altura no siempre es detener la caída. En determinadas ocasiones, el trabajador debe posicionarse en el lugar de trabajo provisto de un sistema que le sujete, bien sea por comodidad (para tener las dos manos libres), o bien porque no existe ninguna superficie de apoyo donde pueda sujetarse por sí mismo. En el caso de que el trabajador no disponga de otro punto de apoyo distinto de una cuerda (o similar), es decir, que sólo se encuentre sujeto por este elemento, se estará hablando de “trabajos verticales”. Si por el contrario, el trabajador tiene los pies apoyados en una estructura (a veces la frontera entre una y otra posibilidad no es sencilla de determinar), se tratará, en general, de trabajos en altura. Si el sistema de seguridad que usa el trabajador es un elemento que limita la zona a la que puede acceder, no permitiéndole llegar al lugar de peligro en el que pueda generarse la caída, se dice que se está trabajando en retención.
Aspectos normativos y reglamentarios
En la normativa vigente sobre seguridad y salud en el trabajo no se establecen, de manera concreta, aspectos relativos a los equipos de protección individual para evitar las caídas de altura. Independientemente de ello, es necesario tener en cuenta ciertas normas que, en mayor o menor grado, afectan a estos equipos de trabajo. Estas son:
•              Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
•              Real Decreto 1215/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
•              Real Decreto 1627/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
•              Real Decreto 773/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
•              Real Decreto 1407/1992. Requisitos para la comercialización de los equipos de protección individual.
No obstante, en lo relativo a estos equipos de trabajo es importante tener en cuenta diferentes normas europeas que, si bien su cumplimiento es de carácter voluntario, tienen gran importancia para conocer si los equipos de trabajo que empleamos son acordes a los trabajos a realizar, o para determinar el equipo que es necesario adquirir.
Es importante destacar que en el Real Decreto 773/1997 se excluye el material deportivo de su ámbito de aplicación. Ello es debido a que no se ha de emplear material exclusivamente deportivo en el ámbito laboral, principalmente porque en las pruebas técnicas de referencia no siempre se utilizan los mismos valores al aplicarse normas europeas distintas. En determinadas ocasiones los citados equipos cumplen las normas referidas, tanto al ámbito deportivo como al de trabajo; bajo estas circunstancias, ello vendrá determinado en el propio equipo. Dentro de este último ámbito destacan, de un total de hasta veinte normas, la EN 361, “Arneses anticaídas”, y la EN 362, “Conectores”.
Un sistema completamente adecuado
Para conseguir unas condiciones de trabajo adecuadas para ejecutar este tipo de trabajos no es suficiente con disponer de un arnés y de unos conectores que cumplan con lo establecido en la normativa vigente y en las normas armonizadas. Todo el sistema tiene que cumplir unas exigencias mínimas, sin olvidar que otros componentes, como los ‘absorbedores’, las cuerdas o las líneas de anclaje, son igualmente importantes.
Del mismo modo, es preciso tener en cuenta otros factores, como por ejemplo, el punto fijo de anclaje, que debe ser lo suficientemente resistente para soportar la fuerza generada en una posible caída.
Para conocer más a fondo los aspectos concretos de estos equipos, se puede consultar la guía antes citada en la web www.lineaprevencion.com, dentro del apartado ‘Proyectos’.
En dicha guía es posible encontrar, entre otros contenidos, detalles de los diferentes componentes que conforman un sistema anticaídas: arneses, conectores, líneas de anclaje, cuerdas, etc. (teniendo en cuenta cuestiones tan importantes como las tallas, las caducidades, los complementos, etc.), nociones generales sobre métodos de rescate en el caso de que un trabajador sufra una caída, ejemplos de pruebas reales utilizando distintos puntos de anclaje, o detalles de la formación necesaria que han de disponer los trabajadores para usar adecuadamente estos equipos, todo ello, complementado con un importante material gráfico que permite a los diferentes usuarios (empresarios, técnicos y trabajadores) adaptar la teoría descrita a su trabajo diario.
Fundación Laboral de la Construcción
La Fundación Laboral de la Construcción es una entidad sin ánimo de lucro, referente en el sector de la construcción, que está presente en las diferentes Comunidades Autónomas a través de sus 17 Consejos Territoriales. Tiene la peculiaridad de estar gestionada de forma paritaria por las entidades más representativas del sector de la construcción: la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), la Federación Estatal de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras (Fecoma-CCOO), y Metal, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores, Federación de Industria (MCA-UGT).
En 2012 formamos a más de 100.000 trabajadores de la construcción, tenemos 40 centros de formación propios, una oferta de más de 400 acciones formativas y la colaboración de más de 1.700 profesores en toda España.
Entre las herramientas de difusión de sus actividades, destaca el Boletín Digital de la Fundación (http://www.fundacionlaboral.org/pages/fundacion/actualidad/boletindigital.php), que cuenta con cerca de 80.000 suscriptores.
Para más información: http://www.fundacionlaboral.org

Fotografías propiedad de la Fundación Laboral de la Construcción
ANTONIO SANTANDER ÍÑIGO, RESPONSABLE DE PROYECTOS DEL ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA FLC

www.uniformesyvestuariolaboral.com

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