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sábado, 31 de agosto de 2013

Códigos QR que sirven para salvar vidas

La plataforma de servicios de salud Inithealth ha lanzado la aplicación Inithealth QR, un código adhesivo con información médica esencial en caso de accidente. El sistema forma parte de un servicio integral para la gestión personalizada de la salud.


El funcionamiento de Inithealth QR es muy sencillo. Consiste en un código QR adhesivo donde el usuario incluye la información relativa a su salud que puede ser útil en caso de accidente o emergencia, como el grupo sanguíneo, alergias, antecedentes médicos o datos de contacto. Está pensado para ser colocado en un soporte físico visible, el casco de la moto, el skate, la bicicleta o la mochila, de cara a que si ocurre un accidente los servicios de emergencia puedan verlo fácilmente. Para leer los datos que contiene el código solo es necesario disponer de un teléfono inteligente con cualquier aplicación de lectura de códigos QR. Al escanear el código, la información médica y de contacto aparecerá inmediatamente en la pantalla del móvil, un perfil que creará el propio usuario.
Tal y como explica Juan Carlos Santamaría, director del Área de Salud en Init Corporation, "el código QR es una puerta de acceso rápido a Inithealth, una plataforma que va mucho más allá". Esta plataforma permite gestionar de manera personalizada la salud con acceso al historial médico, control de parámetros como la tensión, el peso y la alimentación, así como la posibilidad de crear retos personales en hábitos saludables. Toda esta información está disponible para el usuario en cualquier lugar a través del móvil o el ordenador, aunque es la persona quien elige qué datos del perfil se muestran en el código QR, "para nosotros eso es esencial, es el usuario quien elige en todo momento qué quiere que aparezca", explica Santamaría. La plataforma Inithealth, perteneciente a Init Corporation, se lanzó en 2011 y cuenta ya con cerca de 350.000 usuarios a nivel estatal.


Comenzamos el curso


viernes, 30 de agosto de 2013

Pijama de Sanitario


Empieza con nosotros el nuevo curso escolar, tenemos precios asequibles a todos los bolsillos!!

Por el contrario si ya estás trabajando, llena tu consulta de color!!! verás que cambio!


Centro de Iniciación Profesional de Sestao

Centro de Iniciación Profesional de Sestao

Por si el estrés del blogger no fuera suficiente, nos llega un llamamiento desde el colectivo de Aprendices. Pero… si los blogs no se inventaron para hablar de cosas como estas, no sé para que se inventaron:
El Centro de Iniciación Profesional de Sestao prepara un evento para el día 18 de abril en la Herriko Plaza de Sestao, a partir de las 11 de la mañana y durante todo el día. La idea es sacar la actividad del CIP a la calle para que la gente vea el curro que hacen con sus chavalas y chavales (incluyendo actividad de repostería, bizcocho con chocolate por la cara).
Los centros de iniciación profesional realizan una labor complicada (gestionar el fracaso del sistema educativo oficial) en unas condiciones extremas: a mitad de camino entre la gestión municipal y la educativa de Gobierno Vasco, con trabajo precario para sus profesionales, con aulas conflictivas, con escaso reconocimiento social…
¿Qué quieren con esta jornada abierta? Que les vean, que vean trabajar a sus alumnas y alumnos y al equipo del centro, que vean lo que hacen, sus trabajos, y que vean quiénes son y dónde están. El lema que han elegido: CIP Conócenos, Infórmate y Participa. Las actividades de la jornada:
Los albañiles harán un representación de dos planos a tamaño real, cerrarán una habitación del plano con la técnica de albañilería en seco, colocarán un premarco y ventana que habrán elaborado los carpinteros, alicatarán una pared; los soldadores soldarán en posición vertical, horizontal, cornisa; los peluqueros cortarán, peinarán, harán recogidos, pondrán extensiones, rizarán; los carpinteros expondrán sus trabajos y se les verá lijar, hacer piezas, montar; y los cocineros van a repartir pintxos, realizar platos, exponer un buffet, y finalmente chocolate con bizcocho para todos los asistentes.
Se está fraguando un cierto movimento en la blogosfera cercana. Y es normal porque los edubloggers cada vez abundan más. Y ellos si conocen de primera mano (o pueden intuir) la dificultad del trabajo en estos centros sin duda se solidarizarán con la idea. La idea en principio es perfecta desde el ámbito de la comunicación: trasladar a la sociedad lo que están haciendo, lo que están aprendiendo y las personas para las que lo hacen. De manual de Relaciones Públicas, oye. Y es que a veces en comunicación vale con un poco de sentido común y otro de corazón. Espero que sea un gran éxito y que muchos otros bloggers se animen a contarlo desde su pequeña tribuna.
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jueves, 29 de agosto de 2013

BUZO ANTIFUEGO




Buzo con bandas retroreflectantes antifuego. Cuello montante. Cierre con corchetes ocultos. Mangas ranglán. 1/2 puños elásticos. Cinturilla elástica en la espalda. 7 bolsillos, incluye uno para el metro. Dos pasamanos.
Certificación: EN 14116 (3/50l/60) y EN 531: A, B1, C1, X, X
Material: 100 % algodón no fuego
Gramaje: 310 gr/m2
Colores: Naranja, Azul y Rojo
Tallas: S, M, L, XL, XXL, XXXL, 4XL

QUE TODOS NOS VEAN MIENTRAS TRABAJAMOS ES IMPORTANTE

Ropa de Alta Visibilidad
Una de las principales causas de daños laborales graves e incluso fatales en el trabajo es el atropello de peatones por vehículos o maquinaria en movimiento. Una mayor visibilidad puede establecer, en un momento dado, la diferencia entre la vida y la muerte.

Los equipos de alta visibilidad sirven como primera línea de defensa para proteger a los trabajadoresde ser atropellados por un vehículo o equipo operado por alguien que de otra forma no hubiera podido verlodurante el día o la noche.

La normativa exige a los trabajadores expuestos al riesgo de atropello por vehículos o maquinaria en movimiento llevar equipos de alta visibilidad apropiados. La ropa de protección se usa cuando se está próximo a tráfico en movimiento o en una situación de emergencia en la que las personas responsables deben ser identificables.
La norma EN 471: 2004, Ropa de señalización de alta visibilidad para uso profesional - Métodos de ensayo y requisitos, establece las características y procesos de certificación de la ropa de alta visibilidad.
En algunos países de fuera de la Unión Europea esta norma ha sido adoptada íntegra o parcialmente en la legislación o normativa en materia de seguridad e higiene en el trabajo. El apartado 7 del capítulo 5 del Código de Tránsito chileno es un ejemplo de adopción parcial de la EN 471.
Según la Directiva europea 89/686/CEE (elaborada con la finalidad de aunar criterios esenciales de salud y seguridad dentro de la Unión Europea) los Equipamientos de Protección Personal (en adelante, EPP) se dividen en 3 categorías:
  • Categoría I: equipos destinados a proteger contra riesgos mínimos. En este caso, el fabricante puede certificar directamente el cumplimiento de las exigencias esenciales de salud y seguridad.
  • Categoría II: equipos destinados a proteger contra riesgos de grado medio o elevado, pero no de consecuencias mortales o irreversibles. Previamente a certificar el cumplimiento de las exigencias, el fabricante debe someter un prototipo del equipo al control de una tercera parte con competencia en la materia, que mediante la realización de pruebas preestablecidas, determina o no el cumplimiento de dichas exigencias.
  • Categoría III: equipos destinados a proteger contra riesgos de consecuencias mortales o irreversibles.El proceso de certificación de las exigencias esenciales de salud y seguridad es análogo al descrito para los equipos de categoría II, pero en este caso el fabricante ha de someterse además a uno de los procedimientos de aseguramiento de la calidad de su producción.
Las prendas destinadas a proporcionar protección contra riesgo de baja visibilidad se consideran de Categoría II, es decir, no se admite la auto-certificación por parte del fabricante, sino que el EPP debe haber sido certificado por un organismo acreditado independiente antes de poder comercializarse. Sólo entonces se admite el etiquetado correspondiente. Esta clasificación tiene alcances de seguridad, técnicos y legales.

Para determinar la naturaleza del riesgo de baja visibilidad es necesario considerar la velocidad de los vehículos en movimiento así como las tareas y la localización del puesto de trabajo.

La visibilidad del trabajador se mejora mediante un alto contraste entre la ropa y el plano de fondo sobre el que es visto, así como mediante unas mayores áreas cubiertas por los materiales con propiedades de alta visibilidad.

El observador necesita tanto percibir como reconocer al usuario para seguidamente decidir las acciones apropiadas para evitarlo.

miércoles, 28 de agosto de 2013

BUZO ANTIÁCIDO



Buzo. Cuello recto cerrado por presión oculta. Cierre por presiones ocultas. Cintura elástica en la espalda. 1/2 puños elasticos. 5 bolsillos incluye 1 para metro. 2 pasamanos.
Existe en :
- Azul marino (ref. BORCOBM) - Hueco para rodilleras al interior.
- Naranja con bandas retroreflectantes (ref. BORCOOV).


MATERIALES: 
Ripstop 55% Modacrylique Staciflam®, 42% algodón, 3% fibra antiestático 295 g/m².

Tallas: S, M, L, XL, XXL, XXXL, XXXXL

Colores: Azul Marino, Naranja

EN533:1997 : INDICE DE RESISTENCIA DE LOS MATERIALES (DE 1 A 3)
3/50X75°C-Indice de resistencia de los materiales (de 1 a 3)

EN531:1995 : PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUE ESTAN EXPONADO AL CALOR
A-Propagación de llama limitada
B1-Calor convectivo (de B0 a B5)
C1-Calor radiante (de C0 a C4)
X-Proyección de aluminio fundido (de D0 a D3, X = no probado)
X-Proyección de fundición en fusión (de E0 a E3, X = no probado)

EN340:2003 : EXIGENCIAS GENERALES

TYPE 6-(Tipo)

EN1149-5:2008 : PROPIEDADES ELECTROSTÁTICAS - PARTE 5: REQUISITOS DE COMPORTAMIENTO DE MATERIAL Y DE DISEÑO

COMENZAMOS EL CURSO

PARA LOS CHICOS DE FORMACION PROFESIONAL YA LO TENEMOS TODO

martes, 27 de agosto de 2013

Educación Infantil y Primaria

RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2013, de la Viceconsejera de Educación, por la que se dictan normas complementarias que han de regular la elaboración del calendario escolar para el curso 2013-2014 de los centros públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las etapas educativas de Educación
Infantil y Primaria.

 El calendario escolar del curso 2013-2014 en los centros públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las etapas educativas de Educación Infantil Primaria, se ajustará a las siguientes normas:

 1.- Todo el profesorado de los centros públicos se incorporará al centro el día 2 de septiembre para realizar las actividades relacionadas con el comienzo del curso 2013- 2014. Las actividades lectivas no podrán comenzar antes del día 5 de septiembre de 2013. El primer día lectivo podrá dedicarse a la presentación del curso 2013-2014, comenzando la impartición efectiva de clases el día siguiente.
Las actividades lectivas no finalizarán después del día 20 de junio. El periodo comprendido entre el 23 y el 30 de junio se dedicará a tareas específicas de revisión y evaluación del curso, programaciones, elaboración de la Memoria Anual y todos aquellos actos administrativos que corresponda. Durante el mes de julio los miembros del Equipo Directivo del centro deberán cumplir con las obligaciones inherentes a sus cargos. Durante este mes y durante los otros periodos no lectivos del curso (exceptuando el mes de agosto), siempre habrá, por lo menos, un miembro del Equipo Directivo presente en el centro o localizable de modo inmediato.

2.- Según lo establecido en la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 10 de marzo de 2008, el número de horas y días de docencia directa que recibirá todo el alumnado será como mínimo de 875 y 175 respectivamente.
 Podrá suprimirse la jornada de tarde durante los meses de septiembre y junio.
También podrá suprimirse dicha jornada el último día lectivo previo al comienzo de las vacaciones de Navidad y Semana Santa. En estos casos, se intensificará la jornada de
mañana hasta un máximo de cuatro horas.
 En todo caso, el horario semanal de permanencia del profesorado en el centro será de 30 horas.
 Previa autorización del OMR, se podrá dedicar una tarde semanal (excepto la del viernes) a actividades que requieran la presencia simultánea del profesorado sin que esto disminuya el horario semanal del alumnado.

3.- En los calendarios escolares de todos los centros a los que se refiere esta Resolución, podrá tener consideración de lectivo el día dedicado a la presentación del nuevo curso al alumnado.

lunes, 26 de agosto de 2013

Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

D I S P O N G O :
Artículo único.
Se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria que se encuentren ubicados en el ámbito territorial de gestión que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, cuyo texto se inserta a continuación.
Disposición adicional primera.
El presente Reglamento Orgánico tendrá carácter supletorio para todos los centros docentes de educación infantil y primaria cuya titularidad corresponda a aquellas Comunidades Autónomas, que se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias educativas, en tanto no dispongan de normativa propia y en todo lo que les sea de aplicación.
Disposición adicional segunda.
Lo que establece el título V del Reglamento Orgánico, sobre evaluación de los centros, será de aplicación a todos los centros concertados de educación primaria, ubicados en el ámbito territorial de gestión que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia.
Disposición adicional tercera.
Lo dispuesto en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las peculiaridades de los centros docentes de carácter singular acogidos a convenios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y otros departamentos.
Disposición transitoria primera.
1. Provisionalmente, durante el tiempo que en cada caso la Administración Educativa determine, los colegios de educación primaria podrán impartir el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria. A fin de garantizar la adecuada coordinación docente de estos estudios, dichos colegios serán adscritos por el Ministerio de Educación y Ciencia a un instituto de educación secundaria.
2. Los maestros, los alumnos y los padres de los alumnos de este ciclo educativo se integrarán en el colegio de educación primaria y formarán parte, según corresponda, de todos sus órganos de gobierno y de coordinación docente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que, como miembros de dicha comunidad educativa, les son aplicables.
3. Los departamentos didácticos del instituto de educación secundaria incluirán en su programación las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de la educación secundaria obligatoria impartido por el colegio de educación primaria. A tal efecto, los maestros del colegio de educación primaria responsables de las distintas áreas se incorporarán a los departamentos del instituto que correspondan y asistirán a las reuniones del departamento que oportunamente se establezcan. Dichas reuniones se celebrarán en horario que permita la asistencia de los maestros del colegio de educación primaria.
4. Por Orden del Ministro de Educación y Ciencia se establecerá el procedimiento para que los maestros que impartan el primer ciclo de educación secundaria obligatoria en un centro de educación primaria puedan participar en la elaboración, aprobación y evaluación del proyecto curricular de esta etapa.
Disposición transitoria segunda.
1. Los consejos escolares elegidos al amparo de lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, continuarán desempeñando sus funciones hasta el término del plazo para el que fueron elegidos.
2. En aquellos centros que no se encuentren en la situación anterior, en la primera convocatoria de elecciones a los consejos escolares con posterioridad a la publicación de este Real Decreto, cada sector de la comunidad educativa elegirá a todos sus representantes. Una vez renovado por primera vez el consejo escolar, se procederá tal como establece el Reglamento orgánico.
3. Los órganos unipersonales de gobierno elegidos con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, continuarán desempeñando sus funciones hasta el término de su mandato, salvo que se produzca alguna de las causas de cese previstas en el Reglamento que por este Real Decreto se aprueba.
4. Los órganos unipersonales de gobierno que fueron elegidos con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 2376/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Organos de Gobierno de los Centros Públicos de Educación General Básica, Bachillerato y Formación Profesional, y cuyo mandato fue prorrogado por Ley Orgánica 7/1995, de 29 de junio, continuarán desempeñando sus funciones hasta el plazo previsto en dicha Ley Orgánica.
Disposición transitoria tercera.
1. Provisionalmente y hasta que no se implante el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, formará parte del consejo escolar, con voz, pero sin voto, un representante de los alumnos del ciclo superior de la educación general básica.
2. En los colegios de educación primaria en los que, con arreglo a lo dispuesto en la disposición transitoria anterior, se imparta provisionalmente el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, formará parte del consejo escolar, con voz pero sin voto, un representante de los alumnos de este ciclo educativo.
Disposición derogatoria única.
Queda derogado el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, así como cualesquiera otras normas de igual o inferior rango, que se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto.
Disposición final primera.
Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para desarrollar lo dispuesto en el Reglamento que por el presente Real Decreto se aprueba, así como para regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación.
Disposición final segunda.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 26 de enero de 1996.

viernes, 23 de agosto de 2013

CONJUNTO ELECTRICISTA

Comenzamos la campaña para todos los nuevos estudiantes, así que animaros a adquierir con nosotros todas estas promociones!



jueves, 22 de agosto de 2013

MARINA MERCANTE

 
 
 MARINA MERCANTE
 
 
La utilización de los uniformes en la marina mercante es una práctica que se estableció con la aparición de los vapores de pasaje. En España, la primera compañia que impuso el uso del uniforme a sus tripulaciones fue la Compañía Trasatlántica en los años ochenta del siglo XIX. Los criterios aplicados se inspiraron de la marina militar y, un poco más tarde, sirvieron de referencia para establecer la normativa al respecto en toda la marina mercante.
Más allá del aspecto estético, no hay ninguna duda de que el uso de los uniformes también sirvió para reforzar el sistema jerárquico en los buques mercantes, por simpatía con el régimen militar, tras la desaparición de las matrículas. 
Conviene aclarar que las navieras no entregaban los uniformes sino que estos debían ser comprados por los tripulantes.
La utilización del prefijo "Don" en el trato de los oficiales fue una norma que también se introduzco en aquellas circunstancias.
El uso de los uniformes es, por tanto, una práctica ajena a la auténtica tradición de la marina civil. No deja de ser chocante que, todavía hoy día, se siga utilizando el uniforme, por parte de los oficiales, en algunos eventos sociales.

miércoles, 21 de agosto de 2013

PETOS DE COLORES

Esta campaña

os ofrecemos Petos de todos los colores para que podais cubrir todas las necesidades de vuestra empresa.

lunes, 19 de agosto de 2013

COMENZAMOS LA CAMPAÑA PARA LA ESCUELA DE HOSTELERIA

COMENZAMOS LA CAMPAÑA PARA LA ESCUELA DE HOSTELERIA, ASI QUE OS ANIMAMOS A ADQUIRIR CON NOSOTROS TODAS ESTAS PROMOCIONES.

viernes, 9 de agosto de 2013

jueves, 8 de agosto de 2013

RIESGOS DE OBRAS EN CARRETERAS

  RIESGOS DE OBRAS EN CARRETERAS





Las obras de trazado y construcción de carreteras constituyen el ejemplo típico de obra lineal, con las peculiaridades desde el punto de vista preventivo siguiente:
• La zona de trabajo se desplaza y se aleja de la base de dirección y control.
• Los trabajos se llevan a cabo en zonas abiertas, en ocasiones con la presencia de tráfico general, ajeno a la obra.
Pueden agruparse los riesgos, considerando las fases siguientes:
A) Trabajos de infraestructura:
1. Preparación del terreno que incluye las tareas de replanteo, desbroce y limpieza del terreno.
2. Acondicionamiento del terreno, que incluye la realización de las tareas de excavación y aplanado, realización de zanjas y taludes, drenajes y canalizaciones.
3. Realización de firmes: colocación de bases de firmes, riegos asfálticos y extensión de productos bituminosos.
B) Señalización: conviene tener en cuenta las particularidades siguientes:
• Los trabajos se realizan en condiciones de mayor lejanía y alejamiento.
• La maquinaria y los volúmenes de carga suelen ser de grandes dimensiones, el conocimiento y estudio del terreno es más limitado.
• Existen riesgos específicos derivados de la utilización de materiales bituminosos: estrés térmico, quemaduras, inhalación de vapores de betún.
Pero quizá la fuente de riesgo específica y más importante deriva del hecho de que, con mucha frecuencia, han de realizarse los trabajos con la obra abierta al tráfico, originándose riesgo, tanto para los trabajadores como para las personas que circulan.
La medida preventiva esencial consiste en la señalización de acuerdo con la norma Carreteras 8.3-I C sobre señalización provisional en las obras, que regula tanto las características específicas de la señalización como las relativas al personal en obra.
Los requisitos básicos de la señalización en las carreteras son los siguientes:
• Han de colocarse antes del inicio de los trabajos y retirarse una vez finalizados.
• Las señales han de ser claras, precisas y concretas.
• Han de colocarse con la antelación suficiente.
• Han de resultar visibles, incluso en condiciones adversas: noche, lluvia, etc.
• Han de revisarse y reponerse regularmente.
• Como norma general ha de tratar de la realización de los trabajos con el tráfico circundante:
- Evitando las interferencias mutuas: avisos, colocación de barreras de separación. – Colocación de señalistas reguladores en caso de interferencias.
- Señalización de taludes laterales pronunciados.
– Condena de paso en zonas en fase de construcción.
- Alejamiento de la calzada de la maquinaria o materiales no utilizados.

miércoles, 7 de agosto de 2013

HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA COCINA

SEGURIDAD E HIGIENE EN COCINAS INDUSTRIALES

Las 2 áreas principales en las operaciones del servicio de alimentos son:
• El área de preparación de los alimentos.
• El área de servicio de los alimentos
En ambas áreas, la seguridad y la higiene son de gran importancia. No obstante en
términos generales se puede asumir que los factores de seguridad/accidente son
preponderantes dentro del complejo de la cocina, por diversas razones:
• La cantidad de maquinaria estática y automatizada en el uso diario.
• El estilo de la superficie del suelo, que puede ser engañoso para las demandas del
trabajo.
• La variedad y cantidad de utensilios que, si se emplean erróneamente, pueden ser
fatales.
• La actividad casi frenética que puede haber durante un periodo de servicio urgente.
Si consideramos el punto 1, existen varios riesgos asociados con el uso de maquinaria
automatizada como maquinas mezcladoras para trabajo pesado, asimismo, hay equipo
estático, es decir, aparatos de gas tales como estufas u hornos, cualquiera de estas o más
podrían causar un accidente, si no son usados apropiadamente.
• Equipo de gas
Las estufas u hornos de gas, deben adaptarse con dispositivos a falla de flama, también
es de gran importancia contar con servicios de extracción adecuados de manera que el
humo pueda extraerse del área de trabajo. Lo más recomendable es mantener el piloto
de la estufa apagado para evitar desperdicio de combustible.
El equipo eléctrico y de gas debe ser objeto de mantenimiento regular y de contratos de
servicio profesionales.
• Equipo automatizado
Los operadores de ninguna manera deberán distraerse mientras están usando el equipo.
Siempre se deberán desconectar las maquinas cuando no se utilicen, e incluso durante
las sesiones de limpieza.
• Superficies del piso

viernes, 2 de agosto de 2013

PARKAS IGNIFUGAS ANTIESTATICAS

 
 PARKAS IGNIFUGAS ANTIESTATICAS
 
DESCRIPTIVO:
Parka 2 en 1 : chaqueta desmontable. Parka : Costuras selladas. Cierre por cremallera con solapa velcro. Chaqueta desmontable : Cierre por cremallera. Puños tejido de punto. 3 bolsillos.

MATERIALES:
Tejido 98% poliéster 2% fibra antiestático impregnado de poliuretano -255gr/m²
Forro fija : 100%algodón no fuego - 200gr/m²
Forro desmontable lana polar 100% poliéster - 250gr/m²
Bandas retro reflectantes decorativas Loxy®

Tallas: XS, S, M, L, XL, XXL, XXXXL, XXXL

Colores: Azul Marino