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lunes, 29 de agosto de 2016

De vuelta, con más ganas que nunca

Estar de mal humor no ayuda nada. Claro que se estaba mejor en el chiringuito de la playa de turno, pero al menos en la oficina tienes aire acondicionado, ¿no?…Que sí, que  se hace cuesta arriba. El próximo periodo vacacional llegará en cuatro largos meses, como mínimo. Vuelven las obligaciones, el jefe, las llamadas y los e-mails…pero hay formas y formas de afrontarlo.

El estrés, el malestar psíquico, la tristeza, la irritabilidad, la desmotivación, e incluso la depresión, son algunos de los síntomas que padecen muchos trabajadores cuando retoman sus obligaciones en la oficina después de haber disfrutado de un periodo vacacional intenso; es lo que se llama el síndrome post-vacacional.
No es fácil dejar de lado todos estos síntomas, pero aunque no lo creáis, son evitables. Son síntomas que derivan de un malestar psicológico y que por tanto se solucionarán de forma mental.
Para ello es importante mantener una actitud positiva para afrontar mejor las tensiones que puedan ir surgiendo. Pensar en el día a día y en las pequeñas metas que nos vayamos estableciendo hará que nos sintamos más satisfechos y que el tiempo pase más rápido.
Es importante no intentar abarcar todas las tareas pendientes a la vez, ni leer los correos electrónicos de golpe. Lo ideal es poder establecer un orden dentro de la planificación, abordando primero aquellas cosas que necesiten una respuesta inmediata.
Por otro lado, si el día de la incorporación al trabajo es un lunes, la sensación de depresión puede ser mayor. Una buena idea es programar la vuelta un día diferente de la semana. Así el impacto psicológico que provoca la vuelta a la oficina será menor.

Tras la llegada resulta productivo establecer una comunicación fluida con los compañeros, mediante una reunión informal para lograr que tengamos una perspectiva rápida de lo que ha sucedido mientras no estábamos.
A nivel práctico, cinco recomendaciones que harán que el síndrome post-vacacional sea de lo más llevadero:
·No vuelvas a casa el día antes de la incorporación al trabajoSi se vuelve antes del lugar de destino vacacional será más fácil recuperar el ritmo de sueño y comidas. Además, habrá tiempo para acomodar la casa, hacer la compra, poner lavadoras…
·Al llegar, prioriza: Es aconsejable atender primero lo inmediato y realizar un listado de prioridades antes que intentar abordar de golpe todas las tareas pendientes.
· Fomentar una buena relación con los compañeros. Si existe una buena relación, volver y contar cómo han ido tus vacaciones en los ratitos de coffe break te hará sentir otra vez a gusto y feliz. Desconectarás de las obligaciones por un rato mientras disfrutas de una agradable charla.
· Seguir disfrutando del tiempo de ocio. Las próximas vacaciones llegarán en un plazo largo de tiempo. Por ello, hay que aprovechar los ratos libres y los fines de semana para desconectar y divertirse. Saber disfrutar nos hará enfrentarnos al trabajo con más optimismo y buen humor. Haz ejercicio, lee, sal con los amigos, descansa y come bien.
 Así que pongámonos las pilas, ¡y a volver a empezar!
 www.uniformesyvestuariolaboral.com


viernes, 5 de agosto de 2016

Trabajos saludables – Recursos adaptados a su caso









Puede participar en la campaña «Trabajos saludables» tanto si es usted trabajador ,empresario , profesional de la seguridad y la salud en el trabajo , director de Recursos Humanos , investigador  o responsable de la formulación de políticas .

Disponemos de recursos adaptados a cada uno de estos grupos, como materiales de la campaña, estudios de casos, publicaciones, herramientas y orientaciones prácticas, incluida una guía electrónica sobre la gestión de la seguridad y la salud en el trabajo en un contexto de envejecimiento de la plantilla.

La seguridad y la salud en el trabajo son beneficiosas para todos, así que ¡empiece a participar hoy mismo!

Visite nuestro sitio web para acceder a los recursos que más le convengan. 
www.uniformesyvestuariolaboral.com

jueves, 4 de agosto de 2016

PUBLICADA LA NORMATIVA DE CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES

Se incorpora al derecho español la Directiva 2013/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre las disposiciones mínimas de salud y seguridad relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de agentes físicos (campos electromagnéticos)


El nuevo Real Decreto regula las disposiciones encaminadas a evitar o a reducir los riesgos e incluye la obligación empresarial de elaborar y aplicar un plan de acción que deberá contar con las medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere determinados valores límite; determina los valores límite de exposición y los niveles de acción; establece la obligación de que el empresario efectúe una evaluación y, en caso necesario, mediciones o cálculos de los niveles de los campos electromagnéticos a que estén expuestos los trabajadores e incluye una relación de los aspectos a los que el empresario deberá prestar especial atención al evaluar los riesgos; especifica que los trabajadores no deberán estar expuestos en ningún caso a valores superiores a los valores límite de exposición; recoge dos de los derechos básicos en materia preventiva, como son la necesidad de formación de los trabajadores y la información a estos, así como la forma de ejercer los trabajadores su derecho a ser consultados y a participar en los aspectos relacionados con la prevención; se establecen, también, disposiciones relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a campos electromagnéticos.

El presente real decreto tiene por objeto, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establecer las disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores contra los riesgos para su salud y su seguridad derivados o que puedan derivarse de la exposición a campos electromagnéticos durante su trabajo.

Las disposiciones de este real decreto se aplicarán a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a riesgos derivados de los campos electromagnéticos como consecuencia de su trabajo.

El presente real decreto se refiere al riesgo para la salud y la seguridad de los trabajadores debido a los efectos biofísicos directos conocidos y a los efectos indirectos causados por los campos electromagnéticos. No aborda los posibles efectos a largo plazo ni los riesgos derivados del contacto con conductores en tensión.

Los valores límite de exposición establecidos en este real decreto se refieren únicamente a los vínculos comprobados científicamente entre los efectos biofísicos directos a corto plazo y la exposición a campos electromagnéticos.

Las disposiciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, se aplicarán plenamente al conjunto del ámbito contemplado en el apartado 1 de este artículo, sin perjuicio de las disposiciones más rigurosas o específicas previstas en este real decreto.


miércoles, 3 de agosto de 2016

Las mujeres y la seguridad y salud en el trabajo

Las mujeres y la seguridad y salud en el trabajo

Women and health at work. Female worker at the workplace
Los hombres y las mujeres no son iguales biológicamente hablando (diferencias de sexo) y las actividades profesionales que realizan, las condiciones de trabajo y la forma en que son tratados por la sociedad son distintas (diferencias de género).
Tales diferencias pueden afectar a los peligros a los que se enfrentan los hombres y mujeres en el trabajo y cómo evaluarlos y controlarlos. Es por ello que la EU-OSHA investiga y conciencia respecto de las cuestiones en materia de SST a las que se enfrentan las mujeres en el trabajo.
Existen diferencias que afectan a los riesgos a los que se enfrentan los hombres y las mujeres. Las mujeres:
  • Trabajan en sectores específicos y en tipos de trabajo específicos
  • Equilibran dobles responsabilidades en el trabajo y en el hogar
  • Cuentan con poca representación a escala de supervisión y dirección
  • Son físicamente distintas a los hombres, aunque existen más variaciones entre mujeres que entre hombres y mujeres, por ejemplo, respecto de la fuerza física.
  • Realizan trabajos que se presumen erróneamente como seguros y fáciles
Con frecuencia estas diferencias no están reconocidas en la práctica de salud y seguridad. Es más, con frecuencia se subestima la carga de trabajo y los riesgos relacionados con el trabajo para las mujeres en el lugar de trabajo. El objetivo de la Agencia es resaltar estas diferencias y ayudar a mejorar la SST en ámbitos que afecten principalmente a las mujeres.

martes, 2 de agosto de 2016

Trastornos musculoesqueléticos

Trastornos musculoesqueléticos

Musculoskeletal disorders. Woman being treated for musculoskeletal disorders
Los trastornos musculoesqueléticos (TME) son una de las enfermedades de origen laboral más comunes que afectan a millones de trabajadores en toda Europa y cuestan a los empresarios miles de millones de euros. Afrontar los TME ayuda a mejorar las vidas de los trabajadores aunque también tiene sentido desde un punto de vista empresarial.
Los trastornos musculoesqueléticos normalmente afectan a la espalda, cuello, hombros y extremidades superiores, aunque también pueden afectar a las extremidades inferiores. Comprenden cualquier daño o trastorno de las articulaciones y otros tejidos.  Los problemas de salud abarcan desde pequeñas molestias y dolores a cuadros médicos más graves que obligan a solicitar la baja laboral e incluso a recibir tratamiento médico. En los casos más crónicos, pueden dar como resultado una discapacidad y la necesidad de dejar de trabajar.
Los dos grupos principales de TME son los dolores y las lesiones de espalda y lostrastornos laborales de las extremidades superiores (que se conocen comúnmente como «lesiones por movimientos repetitivos»).

lunes, 1 de agosto de 2016

HACIA UN PILAR EUROPEO DE DERECHOS SOCIALES

Hacia un «pilar europeo de derechos sociales»: es necesaria la contribución de los profesionales de la seguridad y salud en el trabajo.

La Comisión Europea puso en marcha en marzo una amplia consulta pública  sobre una nueva iniciativa clave: «el pilar europeo de derechos sociales». El proyecto tiene por objeto contribuir al desarrollo del «acervo social » de la Unión Europea que orienta a los Estados miembros en la elaboración de su política nacional de asuntos sociales y empleo.
El derecho a seguridad y salud en el trabajo es uno de los principios fundamentales que el pilar deberá establecer a la luz de los nuevos retos que surgen de las inestables relaciones laborales, los nuevos modelos de trabajo y el envejecimiento de la población activa.
Se anima a los profesionales de seguridad y salud en el trabajo a participar en la elaboración del pilar europeo de derechos sociales.
A lo largo de este año, la Comisión Europea ha establecido contactos con otras instituciones europeas, con interlocutores sociales, con la sociedad civil y con los ciudadanos. Los resultados de este debate contribuirán a poner en marcha, a principios de 2017, el pilar europeo de derechos sociales.