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jueves, 11 de abril de 2013

Guía orientativa para la selección y utilización de cascos de seguridad



Guía orientativa para la selección y utilización de cascos de
seguridad
Introducción

La oportunidad de esta publicación debe entenderse en el nuevo escenario surgido tras la modificación
del Tratado de Roma (Acta única Europea).
Como es sobradamente conocido, la dimensión social esbozada en dicha Acta (arts. 118 A y 118 B)
presupone la armonización en asuntos sociales en los países miembros. En este sentido las condiciones
de trabajo deben homogeneizarse de acuerdo con la filosofía emanada de la Directiva Marco y las
Directivas Específicas que la desarrollan.
Consecuencia directa de ello es la necesidad de potenciar y ampliar todos aquellos elementos que
contribuyan positivamente a un efectivo desarrollo de la información en el contexto de una participación
equilibrada. El INSHT ha apostado decididamente y sigue apostando por una real y eficaz puesta en
práctica de esta filosofía. En este sentido, este documento debe entenderse como un eslabón más de
esta cadena.
Para su elaboración, el documento esencial de referencia ha sido la "Guía para la elección y utilización de
los cascos de seguridad en la industria", desarrollada por la Dirección General V de la Comisión de las
Comunidades Europeas con activa participación del INSHT y otros cuatro organismos homólogos de
diferentes Estados miembros.
Su alcance se ha pretendido que sea general (trabajadores y empresarios de los distintos sectores
profesionales) y asequible, al objeto de facilitar su difusión.
Éste es, en suma, el espíritu impulsor de este trabajo, que esperamos tenga tan grata acogida como
nuestras anteriores publicaciones desarrolladas hasta la fecha.
1. Los EPI y su papel en la Prevención: ¿QUÉ DEBO SABER?
1.1. ¿QUÉ ES?
 Se entenderá por equipo de protección individual (EPI) cualquier equipo destinado a ser llevado
o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su
seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal
fin..
1.2. ¿QUÉ DEBE CUMPLIR?
Las exigencias esenciales de sanidad y seguridad aplicables al diseño y a la fabricación de los EPI
se definen en el R.D. 1407/1992 de 20 de noviembre, posteriormente modificado por el Real
Decreto 159/1995 de 3 de febrero. Con la colocación del marcado CE el fabricante declara que el
EPI se ajusta a las exigencias indicadas en los citados Reales Decretos.
Especialmente reseñable es la exigencia de suministrar un folleto informativo junto con el equipo,
elemento de gran utilidad en el proceso de selección y uso.

Las exigencias mínimas relativas a la elección y utilización de los EPI se fijan en la Directiva
89/656/CEE de 30 de noviembre, transpuesta al Derecho Interno español por el R. D. 773/1997, de
30 de mayo (BOE de 12 de junio)..
1.3. ¿CUÁNDO?
Para combatir los riesgos de accidente y de perjuicios para la salud, resulta prioritaria la aplicación
de medidas técnicas y organizativas destinadas a eliminar los riesgos en su origen o a proteger
a los trabajadores mediante disposiciones de protección colectiva. Cuando estas medidas se
revelan insuficientes, se impone la utilización de equipos de protección individual a fin de prevenir
los riesgos residuales ineludibles.

Podemos resumir este razonamiento del modo siguiente::
1.4. Los cuatro métodos Fundamentales para Eliminar o Reducir Los Riesgos Profesionales.
1. ELIMINACIÓN DEL RIESGO
2. AISLAMIENTO DEL RIESGO
3. ALEJAMIENTO DEL TRABAJADOR.(PROTECCIÓN COLECTIVA)
4. PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR (PROTECCIÓN PERSONAL)
1.5. ¿CUÁL Y CÓMO?
La utilización de un EPI o de una combinación de EPI contra uno o varios riesgos puede conllevar
una serie de molestias. Por consiguiente, a la hora de elegir un EPI apropiado, no sólo hay que
tener en cuenta el nivel de seguridad necesario, sino también la comodidad.

Su elección deberá basarse en el estudio y la evaluación de los riesgos complejos presentes en
el lugar de trabajo. Esto comprende la duración de la exposición a los riesgos, su frecuencia y la
gravedad, las condiciones existentes en el trabajo y su entorno, el tipo de daños posibles para el
trabajador y su constitución física.
Sólo son aptos para el uso los equipos de protección individual que se hallan en perfectas
condiciones y pueden asegurar plenamente la función protectora prevista..
2. Cascos de seguridad: DEFINICIONES Y COMPONENTES
Según la norma UNE-EN 397: 1995, un casco de protección para la industria es una prenda para
cubrir la cabeza del usuario, que está destinada esencialmente a proteger la parte superior de la
cabeza contra heridas producidas por objetos que caigan sobre el mismo.
Para conseguir esta capacidad de protección y reducir las consecuencias destructivas de los golpes
en la cabeza, el casco debe estar dotado de una serie de elementos que posteriormente se
describirán, cuyo funcionamiento conjunto sea capaz de cumplir las siguientes condiciones:

1. Limitar la presión aplicada al cráneo, distribuyendo la fuerza de impacto sobre la mayor
superficie posible.
2. Desviar los objetos que caigan, por medio de una forma adecuadamente lisa y
redondeada.
3. Disipar y dispersar la energía del impacto, de modo que no se transmita en su totalidad a
la cabeza y el cuello.
Los cascos utilizados para trabajos especiales deben cumplir otros requisitos adicionales, como la
protección frente a salpicaduras de metal fundido (industrias del hierro y del acero), protección frente
a contactos eléctricos, etc.

La violencia en el trabajo


La Agencia está elaborando una serie de hojas informativas para ayudar a combatir el estrés relacionado con el trabajo y algunos de sus principales factores desencadenantes. La presente hoja informativa contiene información y sugerencias para quienes deseen adoptar medidas prácticas dirigidas a combatir la violencia en el trabajo, una importante causa de estrés de origen laboral. En el apartado sobre "más información" que figura al final se remite a fuentes de consulta de la Agencia, incluidas otras hojas informativas. La prevención de la violencia en el trabajo es uno de los objetivos de la Comunicación de la Comisión Europea1 sobre la nueva estrategia de salud y seguridad en el trabajo.
Autor:
European Agency for Safety and Health at Work
Fecha de Publicación:
24/05/2002

miércoles, 10 de abril de 2013

Trabajo seguro en tejados


Trabajar en cubiertas puede ser peligroso, de ahí que sea esencial respetar unas normas de seguridad rigurosas por breve o largo que sea el tiempo de actividad. Aunque esta hoja informativa facilita un asesoramiento básico para que el trabajo en tejados se realice en condiciones seguras, el tratamiento no puede ser exhaustivo. Para ampliar información, es recomendable ponerse en contacto con su autoridad nacional u otro organismo competente antes de iniciar el trabajo.
Autor:
European Agency for Safety and Health at Work
Fecha de Publicación:
19/02/2004

Mascarillas Autofiltrantes PLEGADAS

 

 

 

 

 

Mascarillas Autofiltrantes PLEGADAS

Para trabajos donde sólo haya riesgo de partículas, ó aerosoles sólidos o líquido. No válido para gases o vapores, ya que en este caso la protección deberá ser superior. Las mascarillas SIBOL superan el ensayo opcional de Dolomita, que indica mayor resistencia a la obstrucción. EN 149:2009 


 A1:2009 --------NUEVOS REQUERIMIENTOS
- Ensayo adicional de carga de aerosol 120 mg.
- División en 2 categorías:* NR: No reutilizable * R:   Reutilizable


martes, 9 de abril de 2013

EN 405: Mascarillas gases y vapores







EN 405: Mascarillas FF gases y vapores



El factor fundamental para la elección es determinar todos los tóxicos presentes en el ambiente.
En segundo lugar hay que tener en cuenta el valor límite establecido por la Clase del filtro, esa concentración no puede ser sobrepasada.
Después debe medirse o calcularse la
ED, exposición diaria, o la EC, exposición de corta duración, de cada tóxico presente. Dividiendo este valor por el VLA-ED o el VLA-EC, se obtiene el factor de protección necesario, con el que se puede decidir que grupo de EPR utilizar y la Clase de filtro necesaria.

Consulte la tabla “Límites de utilización de los EPR” y la información adicional “VLA: Valores límite ambientales”.

Si el límite de utilización de las mascarillas autofiltrantes es sobrepasado por la concentración de tóxico, no pueden utilizarse, siendo necesario elegir un EPR más eficaz.

Marcado de las mascarillas autofiltrantes.

- Nombre, marca registrada u otros medios de identificación del fabricante.
- El marcado debe incluir el Tipo y la Clase. Una mascarilla autofiltrante puede ser una combinación de Tipos, el marcado debe indicar la Clase de cada uno de ellos. Si no existe una Clase inmediatamente después de un Tipo, significa que es la primera que aparece a continuación.
Ejemplo:
FF ABE2K1P3
EN 405: Mascarillas FF gases y vapores Tipo P.
- La letra D si ha superado el ensayo de obstrucción con dolomita.
- Número de la norma EN 405.

Marcado del embalaje de las mascarillas autofiltrantes.

En el embalaje de las mascarillas autofiltrantes EN 405 más pequeño disponible comercialmente, debe marcarse de forma clara y duradera la siguiente información:

- Nombre, marca registrada u otros medios de identificación del fabricante.
- El marcado debe incluir las letras FF, la Clase y el tipo.
- La letra D si ha superado el ensayo de obstrucción con dolomita.
- Número de la norma EN 405.
- Al menos el año de expiración de vida útil.
- La frase “véase la información suministrada por el fabricante”, en las lenguas oficiales de los países en los que se comercialice, o el pictograma que lo simboliza.
- Las instrucciones de almacenamiento recomendadas.

Folleto informativo.

Debe acompañar a cada uno de los embalajes más pequeños, estar escrito en las lenguas oficiales de los países donde se comercialicen y contener toda la información necesaria para personas entrenadas y cualificadas sobre:

- Aplicaciones y limitaciones.
- Significado de cualquier código de colores empleado.
- Controles previos al uso.
- Colocación y ajuste.
- Instrucciones de utilización.
- Condiciones de mantenimiento, limpieza, desinfección y almacenamiento.
- El significado de cualquier símbolo o pictograma utilizado.
- Advertencias sobre los problemas que se puedan presentar: Deficiencia de oxigeno, ajuste insuficiente, uso en atmósferas explosivas.
- Indicar que las mascarillas autofiltrantes diseñadas para ser utilizadas una sola vez.



Sensibilizantes respiratorios


En el marco de la Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo 2003, la Agencia ha elaborado una serie de hojas informativas para difundir información relacionada con la seguridad y la salud en el trabajo sobre sustancias peligrosas. Los sensibilizantes respiratorios son agentes biológicos y químicos que pueden provocar enfermedades de tipo alérgico en las vías respiratorias del ser humano. La presente hoja informativa expone algunas de las características más importantes de la exposición a estos agentes y las medidas de prevención adecuadas.
Autor:
European Agency for Safety and Health at Work

lunes, 8 de abril de 2013

SEGURIDAD EN CALZADO S3 Y S4




 SEGURIDAD EN CALZADO S3 Y S4



EN20345 para el calzado de seguridad de uso profesional
CLASIFICACIÓN I (Calzado fabricado con cuero y otros materiales)
SB: Calzado con tope de seguridad (interior puntera) resistente a 200 J.
S1: SB + Zona del tacón cerrada + Antiestático + Absorción de energía en la zona del tacón.
S2: S1 + Resistencia a la penetración y absorción de agua.
S1P: S1 + Resistencia a la penetración de la suela (P).
S3: S2+ Resistencia a la penetración de la suela (P) + Suela con resaltes.
CLASIFICACIÓN II (Calzado todo caucho o todo polimérico, como por ejemplo las botas de agua)
SB: Calzado con tope de seguridad (interior puntera) resistente a 200 J.
S4: SB + Calzado antiestático + Absorción de energía en la zona del tacón.
S5: S4 + Resistencia a la penetración de la suela (P) + Suela con resaltes.
Nuevos requisitos en la norma EN20345 en cuanto a la resistencia al deslizamiento:
SRA: Resistencia al deslizamiento sobre suelo de baldosa cerámica con lauril sulfato sódico.
SRB: Resistencia al deslizamiento sobre suelo de acero con glicerina.
SRC: SRA + SRB.
EN20347 para el calzado de trabajo de uso profesional
CLASIFICACIÓN I (Calzado fabricado con cuero y otros materiales)
0B: Propiedades fundamentales.
01: 0B + Zona del tacón cerrada + Antiestático + Absorción de energía en la zona del tacón.
02: 01 + Resistencia a la penetración de agua.
03: 02+ Resistencia a la penetración de la suela (P) + Suela con resaltes.
CLASIFICACIÓN II (Calzado todo caucho o todo polimérico, como por ejemplo las botas de agua)
0B: Propiedades fundamentales.
04: OB + Calzado antiestático + Absorción de energía en la zona del tacón.
05: 04 + Resistencia a la penetración + Suela con resaltes.