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viernes, 24 de marzo de 2017

Ya es primavera en tu entorno laboral: especial alergias

Sí, esta época del año es querida a la par que aborrecida según a quién preguntes. La primavera la sangre altera. Y la nariz. Y el aparato respiratorio. Y los ojos. Y la piel. Diremos que, de hecho, nos altera casi todo, cuando somos alérgicos.
Quien haya padecido alergias primaverales fuertes en el trabajo sabrá que es un buen quebradero de cabeza. Pues la sensación es lo que llamaríamos “insoportable” y no nos deja operar con normalidad. Esto, en según qué cargos, puede ser un peligro para nosotros y para nuestros compañeros si, por ejemplo, nuestro trabajo consiste en conducir u operar máquinas pesadas.
Pero el remedio más extendido, los antihistamínicos, también pueden conllevar muchos efectos secundarios peligrosos. Éstos acostumbran a provocar somnolencia, que hace que no sea recomendado su uso en trabajos como los que hemos mencionado. Aun así, antihistamínicos más actuales han conseguido hacer desaparecer gran parte de la somnolencia, sin llegar a erradicarla del todo.


Alergias propias de los lugares de trabajo

Además de la alergia estacional (primavera), existen las alergias típicas de los entornos de trabajo. Empleados del sector construcción, peluqueros, pintores, panaderos, carpinteros, personal de limpieza y sanidad son algunos de los oficios que a más alérgenos se enfrentan diariamente. Éstos pueden ser ácaros, harinas, pelos de animales, aerosoles, agentes colorantes, etc.
Algunas de las alergias ocupacionales más comunes son:
Rinitis:
Se caracteriza por la inflamación de la mucosa y la obstrucción de los conductos nasales. Esto provoca estornudos, secreciones y goteo nasal. Muchas veces va acompañada de asma.
Asma ocupacional:
Incluye dificultad para respirar, tos y opresión en el pecho. Si no se sigue un tratamiento adecuado ni evitamos la fuente de la alergia, puede llegar a hacerse crónico. Se recomienda utilizar algún broncodilatador bajo prescripción médica.
Dermatitis de contacto:
Erupciones en la piel, eccemas, enrojecimiento, picor, inflamación, ampollas o úlceras provocadas por algún agente alérgeno. De hecho, se han identificado hasta más de 250 substancias que pueden causar esta afección. Los trabajadores más vulnerables son los que están en contacto con materiales como el cobalto, el níquel, el látex o el mercurio.

Cómo combatir las alergias dentro de la empresa

Antes que nada, hay que recordar que, en España, las empresas tienen las siguientes obligaciones:
  • Etiquetar todos los productos que puedan conllevar algún riesgo. Se debe indicar cuáles son los componentes tóxicos, cáusticos o explosivos, y añadir instrucciones sobre cómo manipularlos y conservarlos.
  • Proporcionar EPIs a los trabajadores: cascos, guantes, uniformes botas etc. dependiendo del tipo de trabajo y los materiales que se vayan a utilizar.
  • Investigar sobre las causas de la alergia Detectar si es por mala limpieza, escapes u otras malas prácticas. Asimismo, se deberán mejorar las condiciones si se detecta un fallo de la empresa.
En cuanto a los trabajadores, también deberían seguir las siguientes recomendaciones:
  • Lógicamente, a la que aparezcan síntomas de alergia, se deberá consultar con un médico. Especialmente con un alergólogo o un neumólogo para recibir diagnóstico y tratamiento.
  • Si se comprueba que el alérgeno causante del problema está en el entorno laboral (y con la protección no es suficiente) se deberá solicitar otro puesto dentro de la misma empresa, en el que no se esté en contacto con la sustancia.
  • Cumplir con las medidas de protección propuestas por la empresa. Uso de EPIs o hábitos de higiene.
  • Leer siempre las etiquetas de los productos que manipularemos.
  • Es conveniente llevar una pulsera o medalla que indique a qué sustancias se es alérgico. Sobre todo con el látex y antes de cualquier exploración médica.
  • Si todas las medidas preventivas no funcionan, deberá demostrarse que se trata de una enfermedad profesional, cambiar de sector y puesto de trabajo. Si no se nos permite, podremos tramitar una incapacidad con su correspondiente indemnización.
Fuente: http://www.proteccion-laboral.com

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